En el Real Decreto-ley 6/2022, se adoptaron medidas urgentes en el marco del Plan
Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania,
disponiendo una bonificación extraordinaria y temporal en el precio de venta al público
de determinados productos energéticos, de 0,20 euros/litro.
Y al respecto, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en su consulta
núm. 4 del BOICAC 129/2022, ha establecido el tratamiento contable de esa bonificación
extraordinaria y temporal en el precio de venta de determinados productos energéticos.
En concreto, el distribuidor de esos productos energéticos registrará un cargo frente a la
Hacienda Pública, por la bonificación aplicada sobre el precio de venta de esos productos,
y un ingreso por ventas por el importe cobrado a su cliente más el cargo frente a la
Hacienda Pública, no teniendo impacto pues, esa bonificación, en su cifra de negocios.
Nota Informativa: Allianz 17/05/2021
Hoy queremos resaltar la importancia de tener un proyecto de protección de datos adecuado y actualizado en cada empresa, compartiendo esta nota sobre el procedimiento sancionador de la AEDP a Allianz. La Protección de datos